Devolver la beca mec: motivos de reintegro

No sólo existen requisitos para conseguir la beca MEFP, también hay algunos requisitos que se tienen que cumplir para no perder la beca. Aunque el Ministerio de Educación y Formación Profesional te de dinero para tus estudios, deberás de cumplir con ciertas condiciones como asistencia y aprobados, entre otros.

¿Pueden pedirme que devuelva la beca? Absolutamente. En el caso de no haber seguido las normas, el Ministerio puede solicitar que devuelvas toda o parte de la beca.

Devolver beca mec

Vamos a ver cuáles son las causas de devolución de la beca MEC y qué opciones tienes cuando piden que devuelvas el dinero que se te ha entregado para tus estudios.

Cuándo hay que devolver la beca

Tienes algunos objetivos una vez que se aprueba la solicitud de la beca, y que debes cumplir si no quieres recibir una notificación del Ministerio de Educación. Algunos de los objetivos son académicos, mientras que otros simplemente son unos objetivos generales.

A continuación te mostramos cuáles son las causas generales por las cuales se te puede retirar la beca MEC.

Causas generales de devolución

Los motivos generales son bastante simples y lógicos, y generalmente tardan poco tiempo en notificarte de que has incumplido con estas causas. La mayoría de ellas se basan en un error de la administración que se encarga de conceder la ayuda, ya sea por errores humanos o por fallos en la comprobación de los datos.

Estos son los motivos generales por los cuales pueden pedirte devolver la beca:

  • Usar datos falsos u ocultar datos cuando se envía la solicitud de la beca, generalmente son datos económicos que no se incluyen en la solicitud.
  • Disfrutar de una ayuda incompatible con la beca MEFP que no se ha tenido en cuenta al momento de conceder la ayuda.
  • Errores de la administración, generalmente en cuanto a la comprobación de los datos del solicitante.
  • Incumplir los requisitos del Ministerio para la concesión de la beca.

Como puedes ver, todos ellos tienen que ver con la solicitud y la imposibilidad o los fallos a la hora de comprobar si se puede o no acceder a la ayuda para los estudiantes.

Aunque no se trate de un error del solicitante, el Ministerio de Educación pedirá el dinero y el estudiante está obligado a devolver la beca.

Causas académicas para la devolución de la beca

Como estudiantes, los alumnos están obligados a cumplir con ciertos requisitos académicos si quieren mantener la beca MEC que les permite costear los estudios.

Estos requisitos varían en función de si se están cursando estudios universitarios o no. Te contamos todos los objetivos que hay que cumplir para poder mantener la ayuda.

Estudiantes

Motivos de devolución de la beca en estudios universitarios

Cualquier alumno que esté cursando estudios universitarios y sea beneficiario de la beca deberá devolverla en los siguientes casos:

  • Cuando no haya superado el 50% de los créditos por los que se ha matriculado, o un 40% en el caso de las carreras de ciencias o técnicas. En este cómputo no se tienen en cuenta los créditos convalidados o reconocidos. Se deberá de devolver la beca salvo la beca de matrícula.
  • No presentar el proyecto de fin de carrera dentro de un plazo de dos años, siempre y cuando se haya recibido una ayuda para la realización del trabajo final.
  • Cancelar la matrícula en el curso en el que se solicitó la ayuda o haber dejado los estudios aunque no se haya tramitado la baja de la universidad.

Causas de devolución de la beca en estudios no universitarios

Cualquier alumno que esté cursando estudios post-obligatorios no universitarios deberá devolver la ayuda en los siguientes casos:

  • Darse de baja del centro antes de haber finalizado el curso en el que se matriculó.
  • Faltar a un 20% de las horas lectivas o más, durante todo el curso lectivo. Es decir, no acudir a un 80% de las horas supone la devolución de la beca. En este caso no se tienen en cuenta las faltas justificadas, donde el número de horas lectivas aumenta.
  • Suspender un 50% de las asignaturas o las horas matriculadas.
  • Fallar al presentar el trabajo de fin de grado si se ha obtenido una beca con ese fin.
  • Suspender el curso cuando se trata de un curso de preparación a la formación profesional.

Cómo sé cuando tengo que devolver el dinero

Uno de los aspectos más controversiales de la devolución de la ayuda recae en el tiempo que tienen para reclamarla. Pueden pasar hasta 4 años desde que se concede la beca para poder solicitar la devolución del dinero.

Si te encuentras en cualquiera de las situaciones que hemos descrito arriba y crees que no reclamarán el importe de la ayuda, piénsalo dos veces, porque pueden reclamarlo y cobrar un recargo por el tiempo que pases sin devolverla.

¿Cómo te aseguras de que tienes que devolver la ayuda? A través de la Sede Electrónica el MEFP se encargará de enviarte una notificación. Puedes verla en el apartado “Mis notificaciones”, sin embargo, el plazo para la notificación es muy amplio, por lo que es importante que tengas tu correo y móvil actualizados para recibir allí también la notificación.

También es posible que te informen del ingreso voluntario a través de correo ordinario.

¿Cómo se lleva a cabo el reintegro de la beca?

Hay varias formas mediante las cuales se puede llevar a cabo el reintegro del dinero al Ministerio..

1. Notificación de ingreso voluntario

El modelo 069 que llega a través de la Sede Electrónica o por correo permite hacer el ingreso en cualquier entidad bancaria.

Con esta opción el demostrar buena fe para la devolución del dinero no se cobra ningún tipo de interés durante el primer año.

No existe ningún tipo de expediente, por lo que no se pueden presentar alegaciones cuando se genera la notificación de ingreso voluntario.

2. Expediente de reintegro

Cuando no se devuelve el dinero a través del ingreso voluntario dentro del plazo que propone el Ministerio se abre un expediente de reintegro al estudiante. Este expediente se notifica a través de la Sede Electrónica y sólo se cuentan con 15 días para hacer alegaciones.

No conlleva ningún tipo de intereses la devolución durante el tiempo que se notifica la creación del expediente.

3. Resolución del expediente de reintegro

En el caso de que aún no se haya reintegrado el dinero a la Administración, y se hayan denegado las alegaciones que pueda presentar el estudiante, se dictará una resolución del expediente de reintegro y se notificará a la Agencia Tributaria y al estudiante.

La devolución del dinero ahora conlleva intereses, por lo que la demora significará un monto total a pagar mayor al que se recibió con la beca.

Preguntas frecuentes

¿Puedo presentar alegaciones al reintegro?

Una vez que se crea el expediente de reintegro puedes presentar alegaciones en el plazo de 15 días. Deberás de adjuntar toda la información necesaria que demuestre que es un error. Puedes ver ejemplos de alegaciones aquí.

¿Qué intereses cobran por demora?

Sólo se cobran intereses si hay una resolución del expediente de reintegro. Los intereses de demora son del 4%, que pueden aumentar hasta el 20% en el caso de alcanzar la vía de apremio y realizar recargos de apremio.

¿Puedo fraccionar el pago de la devolución?

Acudiendo a la Agencia Tributaria puedes solicitar el pago fraccionado para devolver la beca cómodamente sin tener que hacer el abono completo en un único pago.

¿Qué pasa si no hago el reintegro de la beca?

No pagar en el tiempo estipulado agotando todas las vías conllevará a embargos que cubran el reintegro y los intereses de la devolución.

¿Qué sucede si no devuelvo el dinero?

No realizar el reintegro después de agotar todas las vías y el plazo que ofrece la Administración puede conllevar a embargos, que cubran tanto el reintegro como los intereses.

4 comentarios

  1. por favor quisiera saber dónde habéis obtenido la información de que las faltas justificadas no se cuentan como ausencias, porque a mi hijo se las han contado y por eso nos dicen que tenemos que devolverla, porque no ha asistido al 80% de las horas lectivas. Gracias de antemano!!

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